Estimados
Todos:
Les
envío algunos comentarios sobre la nueva Ley que rige a nuestra propiedad en el
estado de Oaxaca.
Titulo Primero. De la propiedad en
condominio de inmuebles
Capitulo l. Disposiciones
generales
Habla en general sobre el contexto de la propiedad
en condominio. En el artículo 2, nos ofrece algunos conceptos como por ejemplo:
quien es un administrador, un administrador profesional, que son las áreas
comunes, quien es un condómino, que son las cuotas ordinarias y extraordinarias,
a quien se la considera moroso, quien es un poseedor, que es un reglamento, que
son sanciones, etc.
Capítulo ll. De la constitución,
modalidades y extinción del régimen de propiedad en condominio
Menciona cuando un inmueble se considera en su Constitución
como Régimen de Propiedad en Condominio. Algo interesante es que define a los condominios
de acuerdo a sus características, los cuales pueden ser verticales, horizontales
o mixtos. Otra característica es por su uso, habitacionales, comerciales o de
servicio, los hay industriales y mixtos. Toda persona manifiesta su
voluntad en la propiedad en Condominio, porque esta incluida en las
escrituras e incluye la existencia del Reglamento que rige a la propiedad en las mismas escrituras.
Imagen: Desde Earth Google